La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó frenar los juicios de amparo pendientes en juzgados y tribunales de todo el país, en contra de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), hasta que el pleno de ministros resuelva sobre la constitucionalidad de esta norma, la cual es impugnada por empresas privadas de generación de energía.

Este tipo de aplazamientos es un procedimiento que contempla la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación para los casos en los que se acumulan varios amparos sobre un mismo tema y se detecta que en las instancias iniciales se han emitido fallos contradictorios entre sí.

El máximo tribunal publicó un acuerdo general en el que señala que ningún juzgado ni tribunal federal podrá emitir fallos sobre estos asuntos hasta “en tanto el pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve las controversias constitucionales y la acción de inconstitucionalidad” pendientes en la SCJN sobre la LIE.

Actualmente continúan abiertos en el primer tribunal colegiado de circuito en materia administrativa, especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones los amparos 459/2021, 462/2021, 496/2021, 434/2021, 482/2021, 497/2021, 522/2021, 452/2021, 457/2021, 437/2021, 495/2021, 519/2021 y 521/2021.

Mientras, en el segundo tribunal colegiado de circuito en materia administrativa, especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, están en litigio los amparos en revisión 292/2021, 22/2022 y 32/2022.

Los trámites de todos estos amparos en revisión quedarán pendientes de resolución hasta que la SCJN dicte sentencias en las controversias constitucionales 44/2021, promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica, y la 45/2021, del gobierno de Colima, así como la acción de inconstitucionalidad 64/2021, de senadores de oposición.

Todos estos juicios constitucionales versan sobre la LIE, y al resolverlos el pleno de ministros sentará los criterios jurídicos sobre los que los tribunales de todo el país deberán basarse para dictar sentencias en casos similares.

Apenas fue promulgada, la LIE fue combatida mediante amparos por empresas con plantas de cogeneración, para el auto abasto, además de eólicas y solares.

Argumentaron que la norma lesionaba los principios de competencia y libre concurrencia, al establecer reglas para sus conexiones a la red de la Comisión Federal de Electricidad, así como cuotas que compensaran el uso de la infraestructura de esta empresa productiva del Estado.

Obtuvieron por esta vía una suspensión con efectos generales que evitó la aplicación de la LIE por cuatro meses; sin embargo, esta medida cautelar fue revocada en tribunales.

Se espera que la SCJN resuelva los juicios constitucionales sobre la LIE este mismo año.

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