El comercio internacional de manta raya, tiburón ballena y tiburón oceánico de puntas blancas quedó prohibido tras su inclusión en el Apéndice I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas (CITES), que regula la protección de especies en riesgo. Este apéndice prohíbe su tráfico con fines comerciales, permitiendo excepciones únicamente para investigación científica o casos especiales aprobados.

Tiburón ballena
Tiburón oceánico

La transferencia de la manta raya y el tiburón ballena al Apéndice I se aprobó por consenso durante la Conferencia de las Partes de CITES en Samarkanda, Uzbekistán, mientras que la inclusión del tiburón oceánico de puntas blancas requirió una votación entre los países participantes.

Más de 3 mil 300 delegados de 170 países y organizaciones internacionales participan en la conferencia, donde se discute el futuro del comercio de especies que están o podrían llegar a estar en peligro de extinción. En paralelo, otras especies como los peces guitarra y peces cuña permanecen en el Apéndice II, con comercio permitido bajo estricta regulación y cuotas cero de exportación.

En la misma categoría de Apéndice II entran el cazón y el quelvacho (lija babosa), mientras que la propuesta de incluir todas las anguilas fue rechazada. Las decisiones sobre los pepinos de mar fueron mixtas: el pez arena dorado se incorpora al Apéndice II, pero otras seis especies fueron excluidas.

En cuanto a la flora, la palma chilena, endémica de Chile central, fue incluida en el Apéndice I para máxima protección, mientras que dos palmas cola de caballo y cuatro especies de aloe entran en el Apéndice II. La Conferencia Mundial sobre la Vida Silvestre se prolongará hasta el 5 de diciembre, definiendo nuevas medidas para la conservación global de fauna y flora.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *