Más de 150 toneladas de autopartes y refacciones posiblemente robadas fueron aseguradas tras un cateo realizado en un inmueble ubicado en la alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México que operaba con fachada de hotel y funcionaba como bodega clandestina.
El predio, localizado en la colonia Ex Hipódromo de Peralvillo, contaba con 42 habitaciones en las que se almacenaban y clasificaban piezas automotrices por modelo, entre ellas puertas, cofres, faros, parabrisas, rines, llantas, fascias, salpicaderas, medallones, placas de circulación y vehículos semi-desmantelados.
Autoridades llegaron con orden judicial

La intervención se realizó tras trabajos de investigación e inteligencia relacionados con el combate al robo de vehículos y autopartes, lo que permitió obtener una orden judicial para ingresar al inmueble.
Todo lo asegurado quedó a disposición del agente del Ministerio Público de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, mientras el inmueble fue sellado y permanece bajo resguardo policial.
Fuerzas federales también intervinieron

El jefe de la Policía de la Ciudad de México, Pablo Vázquez informó que esta diligencia se llevó a cabo en coordinación de autoridades federales; “Agradezco el apoyo de las instancias del @GabSeguridadMX por su apoyo y colaboración en éstas y otras investigaciones que nos permiten seguir construyendo una ciudad más segura, siempre más justa y en paz”.
Delito de robo de autopartes
Almacenar, poseer, esconder o comercializar una gran cantidad de autopartes robadas puede implicar varios delitos graves en la legislación local y federal.
En la CDMX, el robo de partes de vehículos automotores se considera un delito agravado y se sanciona con pena de 3 a 7 años de prisión según el Artículo 224 del Código Penal para el Distrito Federal, reformado por el Congreso local para endurecer esta sanción.

Encubrimiento por receptación (posesión o comercio de bienes robados)
Incluso si no se participa en el robo, almacenar o vender autopartes sabiendo que son robadas puede constituir encubrimiento por receptación. Este delito está tipificado en el Código Penal Federal y también en el local (CDMX), y se configura al: adquirir, poseer, recibir, comercializar, ocultar o traficar bienes provenientes de un delito, con conocimiento de que son ilícitos.
El Artículo 243 del Código Penal para CDMX (y su discusión legislativa) indica sanciones de aproximadamente 2 a 7 años de prisión y multas, a quien “posea, desmantele, venda, comercialice, trafique, pignore, reciba, traslade, use u oculte” objetos o productos de un delito, con conocimiento de su procedencia ilícita (esto incluye autopartes robadas).
Además de la pena de prisión:
Las autoridades pueden confiscar los bienes robados (extinción de dominio) y abrir investigaciones por asociación delictuosa si hay indicios de una red organizada de robo y comercio de autopartes.
Las penas pueden agravarse si se demuestra que la actividad forma parte de una organización criminal, se involucra violencia, o si el valor de lo robado es muy elevado.
