Con el fin de acabar con la explotación animal en actividades relacionadas al uso de caballos para brindar paseo a los turistas que visitan nuestra entidad, la XVII Legislatura del Estado determinó prohibir el uso y tránsito de animales en vehículos de tracción animal.
En la sesión ordinaria número 5, las diputadas y diputados aprobaron reformas a la Ley de Protección y Bienestar Animal del Estado donde se establece la prohibición de tránsito de animales en vialidades empedradas o asfaltadas, para finalidades distintas a las relacionadas con las actividades agropecuarias.
La modificación va en concordancia con la reciente reforma constitucional mediante la cual se reconoce a los animales como seres sintientes, sujetos de consideración moral, por lo cual deben recibir trato digno.
Con la reforma se prohíbe también celebrar, organizar, patrocinar o promover exhibiciones, espectáculos o actividades similares o equiparables a las corridas de toros, vaquillas, novillos, becerros para cualquier fin, ya sea de lucro o sin él, así como la crianza, entrenamiento, comercialización, compra o posesión de animales para su utilización en este tipo de espectáculos.
En la misma sesión se aprobó el decreto por el que se declara a la lucha libre como patrimonio cultural intangible del Estado de Quintana Roo y se declara el día 21 de septiembre de cada año como el “Día Estatal de la Lucha Libre y de la Persona Luchadora Profesional en Quintana Roo”.
Con esta acción legislativa se reconoce a la lucha libre mexicana como parte de la vida de nuestro Estado, siendo una gran expresión cultural que involucra a ciudadanos luchadores, historiadores, cronistas, referís y a las familias que acompañan día con día a quienes han construido esta gran historia que se ha ido formando como un espectáculo cultural.