Organizaciones civiles y Movimiento Ciudadano (MC) pidieron a los diputados de Morena, PAN, PRI, PRD, PVEM y PT desechar un proyecto de dictamen que busca limitar facultades al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

La propuesta pretende modificar los artículos 41,73, 99 y 105 de la Constitución en donde habla sobre acciones afirmativas, que son acciones para reducir desigualdades de género, socio-culturales y económicas, paridad y vida interna de partidos.

Por lo anterior, diversos colectivos e integrantes de grupos poblacionales, como personas con discapacidad, personas indígenas, personas afromexicanas, personas migrantes y residentes en el extranjero, así como personas de la diversidad sexo-genérica señalaron que la propuesta que se contempla que hoy se discuta en la Comisión de Puntos Constitucionales representa “amenazas” a sus derechos.

“La iniciativa que presentaron recientemente y de manera conjunta para reformar los artículos 41, 73, 99 y 105 de la Constitución implica graves amenazas a nuestros derechos político-electorales y auténticas violaciones constitucionales y convencionales”, señalaron en comunicado.

Por esto exigieron que el proyecto de dictamen sea retirado, ya que esta propuesta pretende “despojar” al TEPJF de su propia naturaleza, la cual es salvaguardar la constitucionalidad de los actos de los partidos políticos y del propio Estado en favor la ciudadanía y del respeto a sus derechos.

“En caso de aprobarla, el Congreso de la Unión impediría, desde la propia Constitución, que el Tribunal Electoral pueda sancionar y obligar a los partidos y a las Cámaras a cumplir con la ley electoral, específicamente, en materia de acciones afirmativas reservadas para los grupos de población que, sin ellas, se enfrentan sistemáticamente a decisiones cupulares de exclusión y discriminación”, enfatizaron.

En tanto, la bancada de Movimiento Ciudadano en la Cámara de Diputados exhortó a los partidos de la alianza Va por México a actuar con congruencia y no aprobar con Morena la reforma constitucional que limita las facultades del Tribunal Electoral.

¿En que consiste?

En el artículo 41 se establece que los partidos políticos, en ejercicio de su autodeterminación y auto-organización, establecerán en sus normas estatutarias las reglas para la designación de sus dirigencias, así como las reglas para garantizar el principio de partida de género en la integración de sus órganos colegiados. Ello se da luego de que el Tribunal puso límites a Alejandro Moreno “Alito” y Mario Delgado de prorrogar su presidencia en el PRI y en Morena, respectivamente.

Mientras, en el artículo 73 señala que el Congreso de la Unión -conformado por diputados y senadores- tiene la facultad de establecer de forma “exclusiva” medidas afirmativas para el acceso de personas pertenecientes a grupos vulnerables al goce y ejercicio de derechos político-electorales y para el cumplimiento del principio de paridad de género.

Además, señala que al TEPJF le corresponde resolver en forma definitiva y “exclusivamente las controversias que se susciten por normas generales, actos y omisiones y resoluciones regulados por las leyes electorales”. Con esta modificación eliminaron que el Tribunal resolverá de forma definitiva e inatacable.

También señala que las decisiones de los órganos de gobierno y las que correspondan a sus regímenes interiores de la Cámara de Diputados y del Senado les compete a estas y “quedan excluidas de la jurisdicción del Tribunal”.

“El Tribunal Electoral dictará sus resoluciones conforme al límite del tenor literal de la ley y esta Constitución, y los principios expresamente establecidos en ésta”, señala.

Ello, luego de tres fallos que dio el órgano electoral judicial, en los cuales le ordenó a la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Diputados modificar sus decisiones. Lo que provocó disgusto por parte de los legisladores.

Una fue para pedirles que integrarán a Movimiento Ciudadano a la Comisión Permanente a fin de que estuvieran representados todos los grupos parlamentarios conforme al principio de máxima representación efectiva. Esto porque en un principio, la Jucopo, encabezada por el morenista Ignacio Mier, no incluyó a dicho partido.

El segundo caso fue en diciembre, cuando el TEPJF le ordenó a los diputados federales modificar la convocatoria para la elección de los cuatro consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE).

En su fallo, el Tribunal pidió eliminar la participación de la Jucopo en los trabajos del Comité Técnico de Evaluación (CTE), ya que los magistrados argumentaron que la evaluación de perfiles se debe realizar de manera autónoma.

Y la tercera vez, cuando los magistrados ordenaron a los diputados que la presidencia del INE fuera para una mujer. En un principio rechazaron aceptar el ordenamientos, pero al final lo acataron.

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